El presidente Javier Milei restringe por decreto la Ley de Acceso a la Información Pública

Al reglamentar aspectos sustantivos de la norma número 27275, sancionada por el Congreso en 2016, esta accion desborda la facultad del Poder Ejecutivo.

Actualidad02 de septiembre de 2024
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El 2 de septiembre de 2024, el presidente Javier Milei firmó el Decreto 780/2024, el cual introduce cambios significativos y controvertidos a la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 27275), originalmente sancionada en 2016. Esta ley se basaba en los principios de transparencia, máxima divulgación de la información y acceso público, definiendo que "toda la información en poder del Estado se presume pública". Sin embargo, el nuevo decreto ha generado preocupación y críticas por su potencial para restringir estos principios fundamentales.

Modificaciones Introducidas por el Decreto 780/2024
El decreto altera quiénes están obligados a brindar información pública. Originalmente, la ley cubría una amplia gama de entidades, incluyendo la administración pública nacional, los tres poderes del Estado, empresas con participación estatal, partidos políticos, sindicatos, universidades y cualquier entidad privada que reciba fondos públicos, entre otros. Sin embargo, el decreto introduce la noción de "datos de naturaleza privada", creando ambigüedad y reduciendo potencialmente el alcance de lo que se considera información pública.
El decreto también establece nuevas excepciones bajo el pretexto de proteger "datos de naturaleza privada". Esto es visto como un retroceso en los estándares internacionales de transparencia y una contradicción con el texto original de la ley, que limitaba las excepciones a casos específicos, en favor de una mayor apertura y accesibilidad de la información.
Un cambio particularmente polémico es la imposición de requisitos formales adicionales para quienes deseen solicitar información pública. Ahora se exige que los solicitantes proporcionen datos personales, como el número de documento, domicilio, correo electrónico y CUIT en el caso de personas jurídicas. Este requisito va en contra del principio de "informalismo" establecido en la ley original, que indicaba que las reglas de procedimiento no deberían impedir el acceso a la información. Según la ley, la falta de cumplimiento de estos requisitos formales no debería ser motivo para denegar una solicitud.


Implicaciones del Decreto
El Decreto 780/2024 es visto como un intento de restringir el acceso a la información pública en lugar de ampliarlo, lo que ha sido criticado por especialistas en derechos humanos y libertad de expresión. La creación de la categoría de "datos de naturaleza privada" y la imposición de requisitos adicionales para los solicitantes son considerados movimientos que podrían reducir la transparencia gubernamental, obstaculizando el ejercicio del derecho a la información.

Esta acción del Poder Ejecutivo ha sido catalogada como una usurpación de funciones legislativas, al modificar por decreto aspectos esenciales de una ley aprobada por el Congreso. Esta medida podría tener efectos duraderos en la capacidad de los ciudadanos y organizaciones de acceder a información crítica para el ejercicio de sus derechos y la vigilancia de la administración pública.

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