El delito de la Servidumbre

Nueva compilacion a cargo de reconocidos juristas

Actualidad30 de junio de 2024
Servidumbre

Un texto actual y atractivo que compila Rafael Berruezo que trata el delito de reducción a servidumbre o condiciones análogas está previsto en el artículo 140 del Código Penal que dice: "Serán reprimidos con reclusión o prisión de tres a quince años, el que redujere a una persona a servidumbre o a otra condición análoga y el que la recibiere en tal condición para mantenerla en ella".

El delito de servidumbre, también conocido como "reducción a servidumbre o condiciones análogas", se encuentra tipificado en el artículo 140 del Código Penal de muchos países, y se define como el acto de reducir a una persona a una condición de servidumbre, es decir, someterla a una situación de explotación en la que se ve obligada a trabajar o realizar tareas en condiciones de sumisión y sin libertad para decidir sobre su situación.

Reducción a Servidumbre

Consiste en someter a una persona a una condición en la que debe trabajar bajo coerción, generalmente en condiciones inhumanas o degradantes, sin recibir una remuneración justa y sin poder ejercer su libertad personal.  Incluye situaciones similares a la servidumbre, como el trabajo forzoso o la explotación laboral extrema, donde las condiciones son tan abusivas que se asemejan a la esclavitud.
Penas: Las penas para este delito suelen ser severas, con reclusión o prisión que pueden ir de tres a quince años, dependiendo de la legislación específica del país. El concepto de servidumbre y su penalización tiene raíces históricas profundas. En el caso mencionado, el origen de esta figura en la legislación se remonta a 1891, cuando se buscó penalizar la compra y venta de personas, considerándola un crimen según el artículo 15 de la Constitución, que condena explícitamente tales actos y responsabiliza a quienes participen en ellos, incluyendo a los funcionarios que los autoricen.

Convención sobre la Esclavitud de la ONU
La Convención sobre la Esclavitud de la ONU también aborda el concepto de servidumbre. En su artículo 1, define la servidumbre como una situación donde una persona es tratada como una cosa, siendo comprada, vendida o cedida sin su consentimiento y utilizada sin reconocimiento de sus derechos humanos. En tiempos contemporáneos, el delito de servidumbre ha vuelto a cobrar relevancia debido a prácticas como el trabajo forzoso en talleres textiles clandestinos y en campos agrícolas, donde personas, a menudo extranjeras, son sometidas a condiciones laborales extremas y abusivas. El origen de esta figura “reducción a servidumbre” surge en el año 1891, para penalizar, lo dicho en el artículo 15 de la Constitución establece: "…Todo contrato de compra y venta de personas, es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice…".

La Convención sobre la esclavitud de la ONU, dice en relación a la servidumbre, en su art. 1: "consiste en apoderarse de un hombre para reducirlo a la condición de una cosa: comprar, vender, cederlo sin consultar para nada su voluntad, servirse de él sin reconocerle derechos correlativos a sus prestaciones".

Dado los tiempos que corren, este delito ha tomado protagonismo nuevamente, en razón de la existencia de talleres textiles clandestino en donde se confecciona indumentaria, que terminan siendo indumentaria de marca apócrifas. En esos talleres clandestinos es común ver personas extranjeras reducidas a la servidumbre. Lo mismo suele pasar en campos con personas trabajando en tareas agrícolas, en condiciones que lejos están de ser la optimas para el tipo de trabajo que realizan.

Una característica de este delito es que, si bien está en el capítulo del C.P. de delitos contra la libertad, no requiere, necesariamente, de una restricción a la libertad ambulatoria. Es por ello que, alguna doctrina nacional habla de un dominio psíquico. Por lo tanto, no es suficiente dominio físico sobre la víctima, o con una relación de servicio, sino que el tipo penal, además requiere una relación de sometimiento y enajenación de la voluntad. El libro cuenta con doctrina y jurisprudencia de nuestro país.

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