Precarizacion docente y autogestion

Las Escuelas Autogestionadas. Docencia sin derechos y directivos con salarios gruesos

Actualidad19 de abril de 2023 Sergio Quiroga
Bancosdeescuela

Las denominadas "Escuelas Publicas Autogestionadas que existen en San Luis, no son publicas, ni privadas. Es un hibrido creado en la gobernaciòn de  Adolfo Rodriguez  Saa. En los años 2000 se aplicaron en la provincia politicas liberales en la provincia de San Luis.  Una de ellas fue la implementación y creaciòn en el 2001 de las escuelas charter o Autogestionadas. Un nuevo tipo de instituciones educativas, “públicas”, pero de gestión aparentemente privada a cargo de una asociación civil sin fines de lucro, sostenida con fondos públicos, que en general integraba personas simpatizantes del poder de turno o que era elegida a dedo por los funcionarios gubernamentales provinciales.

Las políticas educativas implementadas en la provincia por los gobiernos democráticos desde 1983, impulsaron y consolidaron las estrategias neoliberales en el campo de la educación. A partir de 1986 se implementó el Programa de Regionalización y Nuclearización Educativa, que condujo a la creación de seis regiones educativas y la formación de núcleos educativos dentro de ellas. Este programa se incorporó a la reforma constitucional de 1987, que estableció los principios de regionalización y descentralización en la dirección, organización y administración del sistema educativo. También estipuló que el gobierno y la administración de la educación estarían a cargo de un ministerio específico.

Sin embargo, bajo el pretexto de la descentralización educativa y la jerarquización de la educación, la reforma constitucional eliminó el Consejo Provincial de Educación y creó el Ministerio de Educación, lo que dio lugar a un proceso de recentralización en la toma de decisiones. El nombramiento de Delegados Regionales por parte del Poder Ejecutivo permitió un mayor control político de las regiones y la descentralización se redujo a la desconcentración administrativa. Otro principio a destacar en la reforma Constitucional, que luego sería vulnerado, es que le asigna claramente al Estado un rol primario en la educación y un rol de garante del derecho a la educación, entendido como un derecho humano fundamental. Este reconocimiento del papel del Estado se suprime con la Ley de Educación N° 4947 promulgada en 1992, que establece claramente la subsidiariedad del Estado en la educación, declarando que la educación es una responsabilidad compartida entre el Estado y la comunidad.

Desde la creación del Ministerio correspondiente, ha variado constantemente. De Ministerio a Subsecretaría y viceversa, de diferentes subsecretarías a diferentes direcciones, coordinaciones, o programas o subprogramas, sumando a esto el constante cambio de funcionarios en las diferentes estructuras. Actualmente, existe el Ministerio de Cultura y Educación y el Consejo de Educación, creado por la nueva Ley del Estatuto del docente, que depende del Ministerio y cuya existencia es sólo figurativa. En este proceso de cambios continuos, se han dado claros procesos de desvinculación de lo educativo hacia un fuerte autoritarismo y centralización del poder, transfiriendo responsabilidades a las escuelas y docentes.

En su articulo 29 del Decreto Ley de esas escuelas se expresa claramente que el personal docente no son empleados provinciales,  sino que quedan a merced laboral de lo que la Comision a cargo disponga con el docente que preste sus servicios. La provincia asigna para su funcionamiento una cuota USE por estudiante  y le han brindado un edificio. De esta manera, el gobierno provincial se desliga de su responsabilidad en a educaciòn publica y de hecho constituye una forma de privatiaciòn. No existen controles pedagogicos, ni financieros serios en estas instituciones de parte de la provincia de San Luis .

Los docentes ganan en general menos que los docentes de las escuelas publicas tradicionales, y los directivos se establecen a conveniencia jugosos salarios. Por otro lado, existen las incompatibilidades de ser miembro de la comision organizadora o reorganizadora de la escuela y empleado de la misma. Una clara incompatibilidad en las organizaciones de la sociedad civil.

A mas de veinte años de su creaciòn,  su aporte  a la educaciòn de San Luis es muy discutible. Esta Ley, prácticamente desconocida para los docentes de la provincia, y caracterizada como una ley ficticia por el procedimiento a través del cual fue aprobada, se convirtió en el marco ideológico de las diversas políticas que el estado sanluiseño ha puesto en accion.

La Ley de Educación de la Provincia, además de ser un claro precedente de la Ley Federal de Educación, incorporo una serie de conceptos claramente conservadores: la escuela pública interpretada como gestión estatal y privada (arts. 6-10-43-50) ; la obligatoriedad de los niveles inicial y primario, sin estipular ningún artículo sobre la gratuidad (haciéndose así inconstitucional); el derecho de las familias a elegir el establecimiento educativo para sus hijos (art.7 y 21 inc..a); la igualdad de oportunidades sólo puede garantizarse con el aporte de los diferentes sectores de la comunidad; y en el capítulo de financiación incluye dos artículos que apuntan a la financiación compartida e incluso a la autofinanciación.

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